LOS DERECHOS DE LA TIERRA. Jose Antonio Martín Pallín.

Presentación en Valencia del último libro de José Antonio Martín Pallín:

📚 LOS DERECHOS DE LA TIERRA (Contexto, 2022, con prólogo de Yayo Herrero).

Moderará el acto, en nombre del Institut d’Estudis Polítics: Miriam Salmerón. 

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Fecha: Lunes 9 de mayo 2022, 19 h

Lugar: CM Doctor Peset, Pl Horno San Nicolás 4, Valencia.

Inscripción previa en https://bit.ly/DTIERRA-inscripcio

El acto también podrá visualizarse en streaming en https://bit.ly/DTIERRA

Justificación del acto:

¿Es posible un modelo económico y un progreso ecológicamente sostenible, y que tenga por punto de partida y finalidad el bienestar de las generaciones presentes y futuras? No solo es posible (técnicamente); sino que hoy es ya una imperiosa necesidad.

Pero, lamentablemente, un cambio en el modelo productivo y civilizatorio no es solo una cuestión de medios, sino de fines. Y, como afecta a la economía de cada país del mundo, está sujeto a un debate político candente. Las grandes potencias contaminantes, al igual que los pequeños países con esperanzas de “desarrollo”, se niegan a poner freno a su depredación medioambiental, dejando para “más adelante”, a “otros”, o bien a un cada vez más improbable “salvavidas tecnológico”, la solución a los efectos de nuestra creciente irresponsabilidad oikonómica colectiva.

Mientras tanto, a golpe de tragedias (pandemias, vertidos tóxicos, incendios, inundaciones, sequías, guerras, destrucción, genocidios o ecocidios), el derecho avanza lentamente, a base de declaraciones institucionales, constitucionales o tipificaciones penales de delitos medioambientales que, si bien son difícilmente ejecutables, al menos abren el camino a la demanda por las consecuencias de los daños causados y su reparación, así como a la paulatina consideración del medioambiente, animales y plantas, como titulares de derecho (y a que –por su carácter de bien común global- su defensa y la demanda puedan ser ejercitadas por cualquier ciudadano del mundo, independientemente del lugar de residencia o de donde el daño se haya producido).

No obstante, las declaraciones son declaraciones, las constituciones quedan en letra muerta sin la articulación normativa que las desarrolle y los instrumentos políticos que les den cumplimiento, y el derecho penal siempre llega tarde. Y, cuando llega, apenas alcanza a los mandos intermedios de la administración o de las grandes corporaciones; pero nunca a sus dirigentes, directiv@s o propietari@s, muchas veces l@s verdaderos responsables del crimen.

A este respecto, la Constitución de Bolivia es, sin duda, la más avanzada, tratando aspectos tan novedosos como la soberanía alimentaria, la biodiversidad,  el equilibrio ecológico, los recursos naturales, la conservación del suelo, la prohibición de armas químicas, las energías alternativas, el delito ambiental; o la prohibición de privatizar los hidrocarburos o someter al mercado de valores los recursos naturales. Una osadía intelectual y política que Bolivia pagó con un golpe de Estado, el lawfare y la eliminación política de sus promotores. Seguramente, en un mundo en el que prima el beneficio inmediato sobre cualquier otra consideración, quizás era la respuesta esperable. Pero Bolivia no es la única: en la misma línea va la Carta Magna de Bután, y otras muchas constituciones (Argentina, Cuba, Egipto, Noruega, etc.) ya incorporan el reconocimiento a los derechos de las generaciones venideras.

En nuestro país, el art. 45 de la Constitución Española proclama el derecho de tod@s a disfrutar del medioambiente adecuado (y el deber de conservarlo) así como –a ese fin- la utilización racional de los recursos naturales. Pero la jurisprudencia ha considerado que no se trataba de un mandato con rango de derecho fundamental, por lo que no se permite exigir su cumplimiento ejercitando derechos subjetivos por las personas. Si esta interpretación jurisdiccional fuera correcta, estaría claro que nuestra Constitución prima la libre empresa y el beneficio individual sobre el medioambiente y sobre los derechos a una vida buena del conjunto de la ciudadanía. Y si ese fuera el caso, la Constitución debería ser reformada de inmediato para blindar el derecho al medioambiente como un derecho fundamental, garante y soporte del resto de derechos fundamentales de las personas.

Pero, además, el planeta es solo uno y finito, y su daño o salud y sus repercusiones no pueden ser parcelados. Por lo que el derecho a una buena vida en un medioambiente saludable no puede alcanzarse unilateralmente, sin un compromiso global, sin una Constitución de la Tierra (y unos mecanismos judiciales y punitivos, universales y democráticos) que permita ejercitar los derechos a cualquier ser humano en cualquier punto del globo, y cuyos valores solidarios y ecológicos sean compartidos por una gran mayoría de la humanidad. Su toma de conciencia, la toma de conciencia de la movilización a que obliga, es el propósito de este libro.

Institut d’Estudis Polítics, 2022

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